FRSS 2010 - Capítulo 3: Ventas de Deuda Extranjera para comprar Deuda Española
El FRSS está regulado por la Ley 28/2003 y RD 337/2004. Según estas disposiciones, están fijados unos criterios de solvencia, riesgo y concentración en las inversiones del FRSS que, hay que recordar, está constituido con fondos que proceden del excedente ingresado por cotizaciones de los trabajadores (el llamado superávit de la Seguridad Social).
Hay que dejar muy claro que el FRSS no se creó para financiar el déficit del Estado a conveniencia del Gobierno de turno, sino para garantizar que los pensionistas cobrarán las pensiones aunque pudieran llegar años de penuria.
Según el Gobierno, esos años difíciles están próximos, si no han llegado ya. Por este motivo ha llevado a cabo una Reforma de las Pensiones muy gravosa para los trabajadores. Estamos, según parece, ante un escenario en el que cualquier paso mal dado puede acarrear graves consecuencias. Por esta razón, intentamos analizar en este informe los datos de la gestión de nuestro “paraguas económico” del FRSS, procurando dejar al margen las decisiones del Gobierno, ya que pueden llegar a ser incluso contradictorias al interés de los trabajadores, al perseguir fines diferentes: el Gobierno busca financiación para el déficit, en tanto que los pensionistas necesitamos garantía en el cobro de las pensiones.
En medio de esta disyuntiva opinamos sobre la gestión del FRSS, que no puede atender al interés del Gobierno y de los pensionistas a la vez. Por cierto. En el Informe a las Cortes se cifra el saldo del FRSS en 64.375 millones, y nos hemos enterado que D. Octavio Granado eleva el saldo hasta los 75.000 millones de euros, como habíamos anunciado nosotros en repetidas ocasiones (Diario de Burgos, 24-7-2011).
Ventas de Deuda Extranjera para comprar Deuda Española.
Al igual que en 2009, los gestores del FRSS procedieron a la venta durante 2010 de parte de la Deuda Alemana y Deuda Holandesa que había en Cartera, por un total de 2.558 millones de euros, utilizando ese ingreso para comprar Deuda Española por igual importe.
En comparación con las operaciones del año 2009 (14.781 millones de euros), las ventas en 2010 son más discretas, pero no crean que es por prudencia, ¡es que ya no queda apenas deuda extranjera en el FRSS que vender!. Hemos pasado de una diversificación del 50% en 2007 a tener apenas un 12% en 2010.
Este cambio en la política de inversión en Deuda Española (forzada además por una desinversión acelerada en Deuda Extranjera), provoca un giro de 180º en el criterio de prudencia en la gestión seguida hasta en año 2008, que procuraba una “diversificación” en el riesgo. ¿Es más acertada esta nueva política de “concentración” de las inversiones?. Por sentido común, ¡NO!.
Una respuesta tan seca y tajante está a la vista de todos. Se ha llevado a cabo una concentración casi exclusiva en Deuda Española, que deja el futuro del FRSS unido a la especulación de los mercados sobre un único emisor. En este caso, la Deuda Española, que presenta este cuadro de emisiones:
Según el cuadro anterior, la Administración Central tiene emitidos 539.532 millones, de los que el FRSS es titular de 56.585 millones de euros. Para que resalte más el disparate, el FRSS financia ahora el 10,48% de toda la deuda emitida por el Estado.
Pero volvamos a lo nuestro, que es el Informa a las Cortes, del que no conocemos ninguna salvedad presentada por nuestros 4 representantes de UGT y CC.OO. en el Comité de Seguimiento, que debió dar el visto bueno a toda la información recibida. Echemos un vistazo a la “maniobra” de distracción que pretenden colar en el Informe del FRSS, y que los “Agentes Sociales” han dado por bueno. Podría hablarse de “embuste”, pero vamos a dejarlo en maniobra, aunque la mayoría podrá formarse su propia opinión.
El tipo de interés... del comprador
Dicen en el Informe que han vendido Deuda extranjera al 0,776% para comprar Deuda española al 3,42%. ¡BRILLANTE! dirán todos. ¡VAYA PELOTAZO!, apostillarán muchos. Pero... todo es un espejismo. No se puede decir que es mentira, pero NO ES VERDAD. ¿Como es posible?. Vean y juzguen Vdes. mismos.
Según datos del Informe de 2010:
Todo parece correcto. Teníamos una Deuda extranjera a 3 años con una rentabilidad muy baja del 0,776%, y convenía mejorar el tipo de interés. Pero lo que acaban de ver no es la verdad... del vendedor, sino del comprador. ¡Esta es la TIR que obtiene el que compró estos títulos al FRSS!.
¿Y cual es, entonces, la posición del FRSS como vendedor?. Se sorprenderán si les digo que ¡ronda el 4,25%!. Estos son los datos contables de la posición del FRSS, que deshace con la venta:
Pero aún resulta más grave la contrapartida. Con el dinero obtenido por la venta de Deuda extranjera, con una rentabilidad del 4,25%, han comprado Deuda española con una rentabilidad del 3,142%. O sea. Asumimos más riesgo, por concentración en Deuda de menor calidad (según las Calificadoras), y perdemos el 1,10% de rentabilidad. ¿Alguien tiene explicación para este aparente disparate?. Tengo gran curiosidad por saber quien ha permutado estas posiciones, porque “para que alguien gane tiene que haber otro que pierda”. Y si nosotros perdemos... ¿quien ha ganado?.
Compras realizadas con el importe cobrado por la venta:
Otro detalle que conviene señalar es la “calificación” de la Deuda. Eso que influye de manera tan llamativa en la “prima de riesgo”, en la que la Deuda de España no está muy bien considerada, al contrario que los títulos alemanes y holandeses objeto de este trueque tan extraño.
La calidad de la Deuda la fijan las Agencias Calificadoras. En relación con la Deuda Española, este es el cuadro comparativo en Julio 2011:
¿Y el Comité de Seguimiento?. Está formado por:
.elbotones Agosto / 2011